Empresas que ocupen a menos de 20 trabajadores, podrán cumplir con el pago del bono alimentación con dinero efectivo.
REFORMADO DECRETO CON RANGO VALOR Y FUERZA DE LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS.
Esencialmente, los empleadores con menos de 20 trabajadores a los que se les dificulte cumplir con el beneficio del bono de alimentación para su personal mediante comedores y tickets, según lo establecido para ello, pueden cumplir con el pago en dinero en efectivo o su equivalente.
La presidencia de la República modificó la Ley de Alimentación de los trabajadores para adecuar la entrega del bono de alimentación y facilitar la adquisición de productos de primera necesidad. Así lo estipula el decreto número 8.189, publicado en Gaceta Oficial número 39.666 de fecha miércoles 04 de mayo de 2011. Allí se establece el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras. Ahora, los empleadores con menos de 20 trabajadores a los que se les dificulte cumplir con el beneficio del bono de alimentación para su personal mediante comedores y tickets de alimentación, según lo establecido para ello, pueden cumplir con el pago en dinero en efectivo o su equivalente. Igualmente, los empleadores podrán cancelar en dinero en efectivo o su equivalente a aquellos trabajadores beneficiarios se les dificulte canjear los tickets o usar la tarjeta electrónica con el bono.
Fuente de data: Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela.
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