Obligaciones Patronales en Materia Laboral




PUEDEN ESTABLECERSE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES PATRONALES CONFORME A LA NORMATIVA SIGUIENTE:

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 
  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de 1986 
  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de 2005 
  • Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de 2007 
  • Normas COVENIN de obligatorio cumplimiento 
  • Norma OHSAS 18000 
  • Ley del Seguro Social 
  • La Convención Colectiva de Trabajo 
  • Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia 
  • Ley Orgánica Orgánica del Trabajo de 1997 

ENTRE ALGUNAS DE ELLAS TENEMOS LAS SIGUIENTES:

OBLIGACIONES LABORALES CON MINISTERIO DEL TRABAJO Y OTROS ORGANISMOS:

  1. Anuncio visible de horario de Trabajo. 
  2. Jornada de trabajo. Horas Extras. Permisos a la Inspectora. Día Domingo. 
  3. Pago oportuno de prestaciones. 
  4. Disfrute oportuno de vacaciones y de las horas de descanso. 
  5. Fuero Maternal. Fuero Paternal. Periodo de Lactancia. 
  6. Notificación de Accidentes. 
  7. Guarderías Infantiles. Bono de Alimentación. 
  8. Pago del INCES y Programa de Aprendices. 
  9. Pago oportuno del Régimen Prestaciones de Vivienda y Habitat.(FAOV) 
  10. Contratación de Personas con Discapacidad. 
  11. Aportes a Programas Antidrogas. 
  12. Aportes a la Ciencia y la Tecnología. 

OBLIGACIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:


  1. Registro en el Sistema Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Seguro Social. 
  2. Sistema SANE. 
  3. Principales obligaciones con el Sistema de Seguridad y Salud Laboral: 

    • Comité de Seguridad y Salud: Delegados de Prevención. 
    • Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. 
    • Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. 
    • Condiciones de seguridad y medio ambiente en el trabajo: agua potable, baños limpios y salones de descanso. 
    • Notificación de riesgos laborales a los trabajadores. 
    • Provisión y dotación de equipos de seguridad individual. 
    • Sistema de atención primaria (Primeros auxilios). 
    • Disponibilidad de ambulancia o de un medio de transporte. 
    • Notificación al INPSASEL de enfermedades ocupacionales o accidentes de trabajo. 
    • Actuación de los funcionarios de fiscalización (INPSASEL y MINTRA). 
    • Provisión de información fidedigna y sus respectivas pruebas. 

Por tal razón recomendamos la implementación de las medidas necesarias para empezar la adecuación de su empresa a la normativa vigente, para lo cual hacemos una pequeña lista de consejos prácticos para tal proceso:
1. Auditoria de las condiciones y medio ambiente del trabajo en materia de higiene y seguridad
2. Asesoría en materia de Seguridad y Salud Laboral
3. Gerencia especializada
4. Crear una cultura de seguridad y salud en el trabajo.
5. Obligaciones sobre horas extras y vacaciones.
6. Exámenes médicos inicial y periódicos
7. Notificación de riesgos
8. Instrucción inicial y periódica (a trabajadores propios y contratistas)
9. Provisión de material de seguridad.
10. Atención primaria en accidentes.
11. Notificación de accidentes laborales.
12. Pago de contribuciones
13. Registro de proyecto.
14. Creación de Comités de Seguridad y Salud en el Trabaj


Autor: Abg. Walther Colmenares G.

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