Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.912, de fecha 30 de Abril de 2012, la nueva Ley de Regulación y Control del Sistema de Ventas Programadas de Bienes Muebles
El novedoso instrumento legal, prohíbe a las empresas dedicadas a este ramo, operar sin estar registradas ante el Ministerio correspondiente.
También se prohíbe a las empresas dedicarse a actividades distintas a las permitidas por la ley y la Constitución, y además, no podrán ofrecer planes programados de bienes muebles que no cumplan con los requisitos establecidos en dicho instrumento legal.
El texto legal establece sanciones a las empresas que incumplan la ley que van desde 1.000 hasta 5.000 Unidades Tributarias (UT), además del cierre inmediato de los establecimientos y todas sus sucursales donde estén realizando actividades.
Debe señalarse que el Sistema de Compra Programada regulado por esta ley, ha consistido históricamente, en la formación de grupos cerrados de personas naturales o jurídicas que realizan aportes mensuales durante un plazo determinado con el objeto de constituir un fondo común destinado a la adquisición de bienes, los cuales se adjudican mensualmente mediante entrega programada y licitación.
El sistema se fundamenta en un concepto de grupo cerrado mutualista, cooperativo, colectivo, solidario y equitativo.
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Fuente de Data:
http://www.aporrea.org/actualidad/n204274.html
http://www.ultimasnoticiasvenezuela.com.ve/en-gaceta-ley-de-compras-programadas
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