En fecha 06 de enero de 2014 fue publicado en la Gaceta Oficial No. 40.327 el Decreto No. 725 mediante el cual se fija un aumento del diez por ciento (10%) del salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, ubicando el nuevo salario mínimo mensual en Bs. 3.270,30 el cual además podría tener impacto en otros costos laborales que se generan como consecuencia de la ampliación de la base de trabajadores que pasarán a ser favorecidos de los beneficios sociales establecidos en la legislación laboral, los cuales se detallan a continuación:
Así mismo, para el caso del beneficio de Educación Inicial (Guardería) para los hijos de los trabajadores hasta 6 años, el monto mínimo del aporte, a partir de la entrada en vigencia del nuevo salario mínimo anunciado, pasará a ser Bs. 1.308, por corresponderse al 40% del nuevo salario mínimo, en conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
Por otro lado, debe considerarse que a partir de la entrada en vigencia de este nuevo salario, igualmente se verán afectados los topes para las contribuciones sociales que basan su cálculo en salarios mínimos, a saber:
FUENTE DE LA DATA:
José Javier García P.
PwC | Partner
Espiñeira Pacheco y Asociados
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