Gaceta Oficial N° 40.852 del 19 de febrero de 2016, Decreto N° 2.243.
Durante la tarde del 17 de febrero de 2016, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro, anunció que a partir del próximo 01 de marzo, el salario mínimo mensual obligatorio de Bs. 9.648,18 establecido en Gaceta Oficial N° 40.769 del 19 de octubre de 2015, Decreto N° 2.056, será incrementado en un 20%, ubicando el nuevo salario mínimo mensual en Bs. 11.577,81, establecido en Gaceta Oficial N° 40.852 del 19 de febrero de 2016, Decreto N° 2.243, el cual además, tiene impacto en el beneficio de Educación Inicial y Guardería: 1°) por ajustarse el monto a ser recibido mensualmente por el trabajador y 2°) por ampliarse la base de trabajadores que pasarán a ser favorecidos, como se muestra a continuación:
Por otro lado, debe considerarse que a partir de la entrada en vigencia de este nuevo salario, igualmente se verán afectados los topes para las contribuciones sociales que basan su cálculo en salarios mínimos, a saber:
Igualmente, también se anunció la modificación del valor de los cupones, tickets o carga por día del Cestaticket Socialista establecido en el artículo 7 de la Ley de Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras publicada en la Gaceta Oficial N° 40.773 de fecha 23 de octubre de 2015, quedando de la siguiente manera:
Esperamos que esta información les sea de utilidad y en caso de requerir información adicional sobre este u otro particular, no dude en contactarnos.
De igual forma, se oficializó el aumento del Cestatiket Socialista a través del Decreto N° 2.244, publicado en la pre-citada Gaceta Oficial, mediante el cual se ajusta su pago para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a dos y media Unidades Tributarias (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras.
Descargue gratis un ejemplar del Decreto que establece el aumento de salario aquí
De igual forma, se oficializó el aumento del Cestatiket Socialista a través del Decreto N° 2.244, publicado en la pre-citada Gaceta Oficial, mediante el cual se ajusta su pago para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a dos y media Unidades Tributarias (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras.
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fuente de la data:
José Javier García P.
PwC | Partner
Direct: +58 212 700 60 83 | 61 42
Espiñeira Pacheco y Asociados
Av. Principal de Chuao, Edificio PwC. Caracas - Venezuela.
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