En fecha 14 de agosto de 2017, fue publicado el decreto N°453, en el que la Gobernación del Estado Táchira declara el día martes quince (15) de Agosto del 2017, como DIA FERIADO NO LABORABLE, en la jurisdicción de los Municipios Cárdenas, San Cristóbal; Guásimos; Andrés Bello; Torbes; Córdoba; Independencia y Libertad, del Estado Táchira, en honor a la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÁRIBA, PATRONA DEL TACHIRA”.
A continuación transcribimos el referido decreto:
DECRETO Nº 453
JOSE GREGORIO VIELMA MORA
GOBERNADOR DEL ESTADO TÁCHIRA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 141 y 152 numerales 1º,3º, 4º de la Constitución del Estado Táchira, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Táchira, número extraordinario 778 de fecha 09 de febrero de 2001, en concordancia con el articulo 34 numerales 1º,3° y 4° de la Ley de la Administración Pública del Estado Táchira publicada en la Gaceta Oficial del Estado Táchira número extraordinario 5447 de fecha 01 de Diciembre 2014.
CONSIDERANDO
Que el Poder Ejecutivo Estadal corresponde al Gobernador o Gobernadora del Estado, quien preside y dirige el gobierno y administración del Estado y sus actividades están sujetas a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado y las Leyes.
CONSIDERANDO
Que el 15 de Agosto de cada año, el amor a Nuestra señora de la consolación se desborda por todo el Territorio Tachirense, llevando a los devotos de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÁRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”, llenos de unción de Fé y Esperanza a la Basílica de Nuestra Señora de la Consolación agradeciendo por los favores recibidos y pidiendo nuevas gracias y bendiciones.
CONSIDERANDO
Que en esa fecha, Nuestra Señora de la Consolación, es el centro devocional de Táriba y la más preciada reliquia de sus buenas y cristianas gentes, rindiendo homenaje a la milagrosa imagen de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”.
CONSIDERANDO
Que el 15 de agosto se celebra su fiesta, con solemne Pontifical y sermón de circunstancias, manifestando una vez más la Fé y especial devoción de los tachirenses a LA REINA, LA MADRE, LA PATRONA DEL ESTADO TÁCHIRA, quien se hace presente en trance de amor y de entrega, recogiendo los dolores de los hombres para devolverlos trocados en alegría o en alivio.
CONSIDERANDO
Que en honor a nuestra “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”, venerada desde tiempos antiguos como insigne intercesora bajo cuya invocación y protección nos encomendamos día a día, el Gobierno Bolivariano del Táchira ha decidido declarar el día 15 de Agosto de 2017, como DIA FERIADO NO LABORABLE en todo el territorio del Estado.
CONSIDERANDO
Que constituye deber fundamental de todo gobierno, coordinar las actividades dirigidas a promover la organización de eventos de esta magnitud, sobre todo en apoyo a la Iglesia Católica, cuya fe comparte la mayoría del pueblo tachirense.
CONSIDERANDO
Que en tal sentido, el Gobierno Bolivariano del Táchira dará el apoyo logístico y la seguridad necesaria a los feligreses que se desplazan en caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, a través de personal humano y equipos de la Policía del Táchira y Protección Civil, garantizando la atención del colectivo ante cualquier evento adverso que pudiese presentarse en las actividades de conmemoración del día de la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TÁCHIRA”.
DECRETO
ARTÍCULO 1: Se declara el día martes quince (15) de Agosto del 2017, como DIA FERIADO NO LABORABLE, en la jurisdicción de los Municipios Cárdenas, San Cristóbal; Guásimos; Andrés Bello; Torbes; Córdoba; Independencia y Libertad, del Estado Táchira, en honor a la “VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TACHIRA”.
ARTÍCULO 2: Se ordena al Instituto Autónomo de Policía del Estado Táchira y al Instituto Autónomo de Protección Civil del Estado Táchira, coordinar con el resto de organismos de seguridad ciudadana con asiento en el estado, lo referente al apoyo logístico y seguridad a todos los feligreses que se desplazan en caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, durante el día Martes 15 de Agosto de 2017.
ARTÍCULO 3: Se insta a la Dirección Estadal de Tránsito Terrestre, prestar la colaboración el día Martes 15 de Agosto de 2017, a los fines de que se regule el horario de circulación de transporte de carga, por las vías donde se realizará la caminata de peregrinación hasta la ciudad de Táriba, en conmemoración del día de la VIRGEN DE LA CONSOLACIÓN DE TÀRIBA, PATRONA DEL TACHIRA.
ARTÍCULO 4: Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en la jurisdicción del Municipio Cárdenas, durante los días Lunes 14 y Martes 15 de Agosto de 2017.
ARTÍCULO 5: La Secretaria General de Gobierno velará por el cumplimiento del presente decreto.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Dado, Firmado, Sellado y Refrendado, en el Salón del Despacho del Poder Ejecutivo, en el Palacio de Gobierno de la ciudad de San Cristóbal, a los 14 días del mes de Agosto del año 2017. Años 207° de la Independencia y 158°de la Federación y 18° de la Revolución. Firmado: José Gregorio Vielma Mora, Gobernador del Estado Táchira. Refrendado.- Miriam del Carmen Febres Sosa, Secretaria General de Gobierno.
DIOS Y FEDERACIÓN
Firmado:
Fuente de Data:
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