Por: Abg. Walther Colmenares.
A través del Decreto Nro. 3.829, de fecha 25-04-2019, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.452, de fecha 25-04-2019, quienes detentan el poder ejecutivo, intentan de forma fallida, aplicar una corrección monetaria al salario, ajustando su valor nominal, de Bs. 18.000,00 a Bs. 40.000,00, monto aproximadamente equivalente, a la fecha, a dos (02) cartones de huevos, conforme a los precios estimados CENDAS para la canasta básica de la familia venezolana. El nuevo salario, representa un 122.2222% de incremento respecto del monto que le precede, entrado en vigencia en el mes de enero 2019, y expresado en dólares, a la tasa de cambio oficial, el nuevo salario se ubica en $7,69 mensuales, es decir, $0,25 diarios, por debajo del nivel de pobreza internacional ($1,90 diarios), según los criterios del Banco Mundial.
Asimismo, mediante Decreto Nro. 3.832,de fecha 25-04-2019, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.452, de fecha 25-04-2019, se estableció el nuevo valor nominal del llamado “Cestatiket Socialista,” cuyo monto de Bs. 25.000,00, se identifica con el término “socialista” de este beneficio social que, a la fecha, es apenas suficiente para la adquisición de un (01) cartón de huevos de la cesta básica, por lo que, este tipo de medidas, han logrado lo que libros de historia y años de estudio en escuelas, liceos y universidades públicas, no han logrado en la mayoría de los venezolanos, como lo es, la comprensión de lo que significa un sistema de gobierno socialista. El nuevo Cestatiket, representa 1.288,9% de incremento respecto del monto que le precede, entrado en vigencia en el mes de enero 2019.
Así, la sumatoria entre, el ingreso con carácter salarial y la parte cuyo carácter no es salarial, mal denominado “salario integral”, se ubica en Bs. 65.000,00, lo que representa un incremento global de 228,28%, con respecto al monto fijado en enero de 2019, establecido en Bs. 19.800,00.
Por su parte, el Decreto que fija el nuevo monto del Cestatiket, deja inalterable las normas relativas a las modalidades de pago de este beneficio, contrario a lo que se pensó luego de su anuncio público, respecto de la posibilidad de ser pagado en efectivo, sin mediar las condiciones establecidas en la ley que lo regula.
En práctica reiterada e inconstitucional (por lo que damos por reproducido de post anteriores, el análisis jurídico de su inconstitucionalidad), el referido Decreto entra en vigencia de forma retroactiva a partir del 16 de abril de 2019, por lo que, de forma anómala y tomando en cuenta la escasez de recursos con los que cuenta el ente de poder para aplicar a beneficios sociales, estimamos que, este 01 de mayo de 2019, no habrá, tan siquiera, un intento de corrección monetaria del salario, menos aún, un aumento del mismo, para los trabajadores de todos los sectores.
En este mismo orden de ideas, fueron publicados el Decreto Nro. 3.830, mediante el cual se regula y establece la Escala General de Sueldos para Funcionarias y Funcionarios Públicos de Carrera de la Administración Pública; y el Decreto Nro. 3.831, mediante el cual se regula y establece el Tabulador General Salarial para las Obreras y los Obreros que participan en el proceso social del trabajo en la Administración Pública.
Datos de interés:
EVOLUCIÓN DEL SALARIO MÍNIMO
TABULADOR PARA EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Según el cual, el salario más bajo será de Bs 40.000 para Bachiller I, hasta Bs 76.000 para profesional universitario III.
TABULADOR PARA OBREROS DEL SECTOR PÚBLICO
El cual, quedó fijado entre Bs. 40.000 para obreros no calificados y Bs. 59.760 para supervisores.
Fuente de Data:
1. contrapunto.com
2. SCRBD
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