Nuevo monto salarial en Venezuela ¿De facto?

 Salario



Quienes detentan el poder Ejecutivo Nacional y el control de las fuerzas armadas en Venezuela, han fijado un nuevo monto salarial sin mediar anuncio oficial ni publicación de Decreto alguno en Gaceta Oficial, lo que constituye, al menos hasta la fecha y hora de redacción del presente post, un acto unilateral de facto, típico de gobiernos de extrema izquierda.

En efecto, sin tener de forma oficial información completa al respecto, se puede verificar el monto del aumento salarial, al constatar el salario mínimo aceptado por los sistemas automatizados en línea, de algunas páginas web de organismos oficiales, como el FAOV, el cual, permite el procesamiento de nóminas sólo a partir de un salario de Bs. 1.200.000,00, incluso sobre meses anteriores, por lo que, mediante esta página, no pudo ser verificado, el momento exacto de entrada en vigencia de la medida de facto. Asimismo, el IVSS, evidencia la fijación del nuevo monto mínimo salarial, a través del último pago de pensiones. 

Cabe aclarar que, este nuevo monto, no constituye un aumento de salario, tomando en cuenta la dolarización del sector comercial y financiero del país, por lo que, sólo implica un cambio del valor nominal en Bolívares, ubicándolo en un 200% por encima del valor nominal anterior, decretado en gaceta oficial y que entró en vigencia a partir del mes de mayo de 2020. 

De igual manera, el bono alimentación o Cestatiket, fue fijado de facto y en forma unilateral en el mismo valor nominal, es decir, la cantidad de Bs. 1.200.000,00, monto inferior al costo de un cartón de huevos de 30 unidades, alimento que conforma la cesta básica del venezolano, por lo que, el ingreso general de un trabajador a salario mínimo, quedó en Bs. 2.400.000,00, equivalente a 1,86 Dólares, a la tasa de cambio oficial publicada por el BCV, a la fecha Lunes 16 de noviembre de 2020. 

¿Puede considerarse legal y legítimo este nuevo monto salarial? 

A la luz del ordenamiento jurídico venezolano, indudablemente no, y en virtud al estilo dictatorial del gobierno de facto, debatir sobre la legalidad o la legitimidad de esta medida, sería como rumiar sobre un sistema de gobierno anti democrático e irrespetuoso de los derechos laborales del trabajador venezolano, algo que ya podría ser considerado como un hecho público y notorio, por lo que más análisis o discusiones sobre este asunto, sólo implicaría entrar en debates estériles que no aportan solución alguna, y que por el contrario, benefician al ejecutivo nacional, al otorgarle una dilación innecesaria, obteniendo un día más en el poder. 

Ahora bien, sin un decreto publicado en Gaceta Oficial, ningún patrono podría ser obligado a pagar este nuevo salario mínimo de facto, y ningún ente gubernamental o agente económico tendría derecho a exigirlo, sin embargo, típico de los actos de facto, no siendo legal, ya cuenta para efectos parafiscales, en sistemas como el FAOV y el TIUNA. 

Por otra parte, aunque cabe destacar que, desde hace tiempo atrás, el salario mínimo ya no es un indicador útil para la determinación de las compensaciones en el sector privado, no así sucede a nivel público, puesto que, más de ocho millones de personas, de los cuales una gran cantidad, funcionarios públicos, deben sortear las vicisitudes de sostenerse mensualmente con este ingreso salarial, más una que otra bonificación gubernamental (lo que podría llegar en suma, a un promedio de entre 3 y 5 dólares mensuales) otorgada como una dádiva a este sector, a fin de mantenerlos incólumes a los efectos de evitar, en lo posible, manifestaciones o protestas sociales. Medidas bonificativas que impresionantemente, le han funcionado al régimen, tomando en cuenta que, una simple hamburguesa puede oscilar entre 2 a 7 dólares, dependiendo de su tamaño y del establecimiento comercial que la provea. 

En resumen, podría pensarse que, el salario mínimo venezolano y el Bolívar, como moneda de circulación nacional oficial, es una ficción económica, que impulsa una mayor informalización laboral en el país, ya que, aún con esta última medida, el salario mínimo de los venezolanos continúa siendo uno de los más bajos del mundo, y esto se ratifica, tomando en cuenta que, durante el mes de septiembre, la Canasta Básica Alimentaria se situó en 165 dólares, de acuerdo con el CENDAS-FVM. 

¿Realmente hubo un aumento? 

Ciertamente no, lo que se produjo fue, un incremento nominal del monto salarial, es decir, más Bolívares con un menor poder adquisitivo, en otras palabras, Bolívares que compran menos productos, incluso, inferior al poder adquisitivo de mayo 2020 (actualización salarial inmediata anterior), ya que, al convertirlo en dólares arroja un monto inferior. 

En este punto, cave recordar la falsa promesa gubernamental, de anclar el valor del salario mínimo al Petro, nueva criptomoneda creada por el ejecutivo nacional, como medida para intentar evadir las sanciones impuestas a título personal, a algunos personajes que ocupan cargos gubernamentales, anclaje que se prometió, a razón del equivalente a medio Petro mensual, sin embargo, estas, por ser medidas evidentemente populistas, sólo alcanzan a servir como un titular de noticias más, que impacta de forma momentánea a nivel publicitario, a fin de lograr mantener un control social férreo (aunque muy sutil), sobre la ciudadanía. 

Por otra parte y para concluir, mediante post de fecha jueves 12-11-2020, publicado en la página web de eldiario.com, según Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, fue difundida una presunta escala salarial de la administración pública la cual compartimos a continuación.


Fuente de Data:
El diario (https://www.eldiario.com/)
Banca y Negocios (https://www.bancaynegocios.com/)
BCV (http://www.bcv.org.ve/)
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