En fecha 03 de febrero de 2022, la Asamblea Nacional oficialista de Venezuela, sancionó la Ley de Reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, y dispuso remitirla al Ejecutivo Nacional, a efectos de su aprobación para su ulterior promulgación y publicación en la Gaceta Oficial.
Según voceros promotores de esta reforma, la ley, entrará en vigencia un mes después de su publicación, y la misma impondrá un impuesto a las transacciones en dólares realizadas en el país con el objetivo de incrementar la recaudación fiscal, "para ir aumentando poco a poco los salarios de la administración pública, como también las pensiones y busca aumentar la demanda de Bolívares".
El referido impuesto, afectará a personas naturales y jurídicas por igual. En este sentido, afecta a las personas naturales, debido a que depende de la moneda a utilizar para el pago de bienes y servicios, aparte de tener que pagar el IVA, adicionalmente, deberán pagar un porcentaje que conforme a esta Ley, si es en Bolívares, será de un 2% y si es en divisas, (dólares, PayPal o Zelle) un 3%, y en el caso de realizar el pago en criptomonedas, deberán pagar un porcentaje aún mayor, sin importar el monto de la transacción, lo que contradice el propio nombre de la Ley, ya que este se refiere a grandes transacciones financieras.
Aún y cuando se haya expresado que uno de los objetivos de esta Ley, es posicionar el Bolívar como la moneda nacional por excelencia, pareciera que se trata de una medida aislada o en solitario, insuficiente como para lograr este objetivo, ya que el circulante físico de billetes y monedas en el país no es capaz de amparar todas las transacciones comerciales, y en el caso de las transacciones electrónicas, recordemos que aún en Venezuela, existe un gran número de personas sin acceso a las tecnologías de la información y comunicación, a servicios de internet, sin contar, el hecho de que los servicios básicos son deficientes, tal y como lo demuestran, las constantes interrupciones de fluido eléctrico, agua potable e incluso el internet ofrecido por la empresa del Estado.
Según FEDECAMARAS, aunado a esto, la “Reforma Parcial de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, establece un gravamen sobre personas naturales o jurídicas no calificadas previamente como contribuyentes especiales, independientemente de su capacidad económica, gravando sus transacciones por la utilización como medio de pago, de una moneda extranjera o criptoactivos distintos a los emitidos por la República. Ello, se suma a la voracidad fiscal de los Municipios del país, siendo urgente el establecimiento de medidas de armonización tributaria” (Negritas propias).
Destacó además su profunda preocupación por esta nueva reforma de la ley, que impacta el área fiscal, ya que, sus medidas, configuran nuevos obstáculos a la iniciativa individual y al desenvolvimiento del sector productivo nacional, muy especialmente, para la pequeña y mediana empresa, constituyendo un freno al desarrollo económico.
En este orden de ideas, según publicación del diario digital, La Voz de América, este impuesto es un “contrasentido para una nación que espera elevar este año el nivel de su economía por primera vez desde 2013 y que apenas da sus primeros pasos fuera de un prolongado ciclo hiperinflacionario”.
Asimismo, cabe destacar, que ha sido aprobada recientemente, la Ley de Registros y Notarías que entraba y encarece, en gran medida, el quehacer cotidiano de los ciudadanos y el ejercicio de la actividad emprendedora en materia de trámites civiles y mercantiles, por lo que, resta esperar la decisión del ejecutivo Nacional, acerca de si aprobar este instrumento normativo o, en un acto de rectificación, vetarla y devolverla a efectos de su modificación.
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